CNMC - National Commission of Markets and Competition of Spain

04/17/2024 | Press release | Distributed by Public on 04/17/2024 02:26

La CNMC analiza las respuestas a la consulta pública sobre los sistemas de verificación de edad de las plataformas de vídeo para impedir el acceso de los menores a la[...]

  • Las plataformas de vídeo tienen la obligación de implementar sistemas que impidan acceder a los menores de 18 años a contenidos nocivos.
  • La CNMC es la autoridad competente para supervisar que esos sistemas de verificación sean adecuados.
  • En el proceso de consulta pública se han recibido 35 respuestas de prácticamente todos los agentes relacionados con este sector.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acaba de publicar un resumen de las aportaciones a la consulta pública sobre los sistemas de verificación de edad que utilizan las plataformas de vídeo en España para impedir el acceso de los menores a contenidos nocivos (INF/DTSA/329/23).

La CNMC, de acuerdo con la Ley General de Comunicación Audiovisual, tiene la competencia para valorar que los sistemas utilizados por las plataformas de vídeo establecidas en España impiden a los menores de 18 años acceder a contenidos nocivos -pornografía y violencia gratuita- cuando verifican la edad de sus usuarios.

En el proceso de consulta pública se han recibido 35 contribuciones de prácticamente todos los agentes relacionados con este sector: asociaciones de usuarios, medios, agentes audiovisuales, proveedores de sistemas de verificación de edad, verificadores o plataformas de intercambio de video (PIV).

Contenido de las aportaciones

La consulta pública se estructuraba en los siguientes bloques:

  1. Alcance de la prohibición en el acceso:

Todas las respuestas coinciden en que los sistemas de verificación de edad (SVE) deben abarcar tanto al contenido como a la publicidad relacionada, puesto que vulnera de igual manera los derechos del menor.

En cuanto al tipo de plataforma que deba contar con SVE, la gran mayoría (61.5 %) entiende que los SVE deben anteponerse al contenido pornográfico, con independencia de que éste se aloje en una plataforma generalista o pornográfica y que el SVE debe aplicarse antes de acceder al contenido (65 %), con independencia del tipo de plataforma.

  1. Libertad en la elección de los sistemas de verificación de edad:

La mayoría de las contribuciones (83 %) sostienen que deben existir diversos SVE y que la PIV elija cual implementar. Este enfoque no solo beneficia a las PIV, que pueden escoger los SVE que se adapten a su modelo de negocio, sino también da respuesta a las distintas necesidades de los usuarios (distinto grado de conocimiento tecnológico, carencia de un documento oficial o reticencia a compartirlo).

  1. Sistemas de verificación de edad disponibles en el mercado:

La mayoría de los agentes optan por una verificación remota o no presencial (85 %) y las dos principales opciones del sector son:

  • Verificación mediante documento de identidad y contraste con foto (selfie)
  • Estimación de edad por análisis facial.
  1. Equilibrio entre idoneidad de los sistemas y protección de datos:

La mayoría opina que la protección de datos es un elemento determinante para la eficacia de SVE. El anonimato en el acceso a los contenidos ha sido destacado por varios agentes y en línea con ello, se ha resaltado la cartera digital europea (eIDAS2) como ideal para este proceso, ya que permite validar sólo la mayoría de edad sin compartir más datos.

Por otro lado, un número destacado de agentes apuestan por la propuesta de SVE de la Agencia Española de Protección de Datos. Mientras que otros agentes sostienen que los sistemas de estimación facial son adecuados para este proceso.

  1. Terceros que podrían llevar a cabo la verificación de edad:

Un 92 % prefieren que sea una tercera entidad independiente. Esta opción se basa en que ya existen en el mercado agentes verificadores que llevan a cabo esta función de forma segura, con respeto a la protección de datos y con transparencia de cara al usuario. Además, que sea una tercera entidad la que lleve a cabo la verificación, genera confianza a los usuarios.

  1. Herramientas de auto y corregulación:

Un 81 % entiende que pueden ser un instrumento muy útil ya que supone la involucración del sector, permite una mayor flexibilidad y rapidez para adaptarse a los cambios, e incluso, puede contribuir a la creación de estándares. Por el contrario, este sistema se percibe lento de construir.

Contenido relacionado:

  • INF/DTSA/329/23: Resumen de las principales respuestas a la consulta pública sobre los criterios de verificación de edad
  • Blog (25/01/2024) Pornografía en Internet y protección de menores (I)
  • Blog (26/01/2024) Pornografía en Internet y protección de menores (II)
  • Nota de prensa (10/01/2024): La CNMC lanza una consulta pública sobre los sistemas de verificación de edad que utilizan las plataformas de vídeo en España para impedir el acceso de los menores a la pornografía y la violencia
  • Nota de prensa (09/01/2024): La CNMC se adhiere a la propuesta de Pacto de Estado para proteger a los menores en Internet y las redes sociales