Asamblea Nacional del Ecuador

01/26/2022 | Press release | Distributed by Public on 01/26/2022 16:38

Proyecto de enmienda constitucional es analizado con especialistas y constitucionalistas

Miércoles, 26 de enero del 2022 - 16:39Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión Especializada de Enmiendas y Reformas Constitucionales intensificó el debate del proyecto de enmienda constitucional propuesto por el exlegislador Héctor Muñoz, según el cual la Asamblea Nacional podría insistir en textos objetados por el Presidente de la República con el voto de la mayoría absoluta de sus integrantes.

La mesa legislativa escuchó el criterio de especialistas y constitucionalistas, quienes revisaron la conveniencia o no de modificar la norma constitucional, la cual determina que se requieren las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional para insistir en un texto que ha sido objetado por el Ejecutivo.

Enrique Ayala Mora, académico, historiador político y exrector de la Universidad Andina Simón Bolívar, recordó que desde 1830 las 20 Constituciones que ha tenido el país mantienen la exigencia de una mayoría calificada de las dos terceras partes para insistir en un artículo objetado, norma que a su criterio debe ser confirmada.

Comentó que la institución de la objeción parcial es positiva, pero tiene un riesgo que el Presidente de la República pueda intentar legislar vía veto, como ha sucedido en varias ocasiones, por lo que sugirió determinar con mayor claridad que el Ejecutivo no podrá introducir nuevas normas o temas que no consten en el proyecto aprobado por el Parlamento, a fin de evitar posibles conflictos y garantizar equilibrio entre Ejecutivo y Legislativo.

De su lado, Héctor Yépez, exasambleísta y actual director de la Escuela de Gobierno de la Universidad Espíritu Santo (UESS), recordó que el sistema republicano instituido en la Constitución implica el concepto de separación e independencia de las Funciones del Estado y el concepto de contrapesos entre las mismas.

Afirmó que la exigencia de dos tercios de los miembros de la Asamblea para ratificar un proyecto de ley objetado no es exclusiva de la Constitución de Ecuador, sino también de otros países, entre ellos, Estados Unidos y tiene como objetivo evitar un eventual exceso parlamentario.

André Benavides, especialista en Derecho Constitucional, manifestó que no solo se trata de cambiar el número de votos, sino de representatividad en el proceso de formación de la ley, como un principio democrático. "Tanto el veto del Presidente, como el pronunciamiento del Parlamento es la expresión del pueblo a través de sus representantes", manifestó.

Sugirió determinar que para ratificar un texto objetado se requerirá el voto de la mayoría de los miembros de la Asamblea, con excepción de aquellas materias que son de iniciativa privativa del Presidente de la República, como aquellos proyectos que crean, modifican o derogan impuestos o que incrementan el gasto público.

El presidente de la comisión, Francisco Jiménez, tras agradecer los aportes y criterios de los expositores que serán debidamente evaluadas, comentó que la enmienda constitucional tal como está planteada podría afectar la categoría de colegislador que otorga la Constitución al Presidente de la República.

PV