Asamblea Nacional del Ecuador

01/21/2022 | Press release | Distributed by Public on 01/21/2022 23:40

Comisión recibió a miembros del directorio del ISSFA

Viernes, 21 de enero del 2022 - 23:51Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social, que preside Rina Campain, recibió a los miembros del Directorio del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), acompañados por el ministro de Defensa, Luis Hernández, a fin de conocer los justificativos jurídicos y técnicos del descuento del 7.25% adicional que se les cobró a los pensionistas y jubilados de la entidad hasta 2007.

El director del ISSFA, Alejandro Vela Lozada, explicó que el Art. 94 de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (hoy derogado) establecía que los pensionistas de retiro militar, invalidez y montepío aportarán obligatoriamente con el 7.25 % para financiar el Seguro de Retiro, Invalidez y Muerte (RIM).

Mediante Ley No. 2007-82, publicada en el Registro Oficial No. 138 del 31 de julio del 2007, se deroga el Art. 94 de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, relacionado con el aporte que realizaba el personal militar en servicio pasivo para el RIM, Salud y Mortuoria, fecha desde la cual el ISSFA dejó de recibir esta aportación, pese a esto, los pensionistas continúan gozando de sus beneficios.

Ante el pedido de devolución de estos aportes, el organismo en el 2009, formuló una consulta al Procurador General del Estado de la época, sobre la procedencia de la devolución de todos los aportes del 7.25% a sus afiliados, quien, con fecha 2 de julio de ese año, manifestó que no es procedente esta devolución. Estos recursos son parte de los fondos del ISSFA y se utilizaron para los fines propios de la seguridad social, añadió.

De su lado, Napoleón Segovia, abogado de los jubilados y pensionistas que reclaman la devolución de los referidos aportes, recordó que las pensiones de jubilación, así como de montepío y otros beneficios de la seguridad social no son susceptibles de descuento alguno, por mandato de la Constitución vigente hasta 2008, por lo que el cobro de dicho porcentaje fue totalmente ilegal e inconstitucional y se debe resarcir el perjuicio a los jubilados y pensionistas de la entidad aseguradora por el tiempo que esa norma estuvo vigente.

Entre tanto, el legislador Salvador Quishpe formuló un llamado a las autoridades de la institución para que aclaren de manera técnica y fundamentada este cobro efectuado entre 1993 y 2007, puesto que los jubilados y pensionistas afirman que fueron perjudicados en sus ingresos.

EG/pv