04/30/2024 | Press release | Distributed by Public on 04/30/2024 12:30
Por tanto, en ejercicio de las facultades y responsabilidades establecidas en los artículos 7, 8 y 10 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se recomienda a los pliegos presupuestarios realizar la revisión de la disponibilidad presupuestaria y, de corresponder, efectuar la programación progresiva de los gastos durante las fases de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, con cargo a sus respectivas asignaciones presupuestarias multianuales, en observancia y cautela del Principio de Equilibrio Presupuestario.