ILO - International Labour Organization

07/30/2021 | Press release | Distributed by Public on 07/30/2021 11:00

Anuncio de la misión de observación de la OIT en México

El Gobierno de México y el Gobierno de los Estados Unidos han invitado a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a participar como observadora internacional durante la votación para la legitimación de un contrato colectivo de trabajo en la planta de General Motors (GM) en Silao, Guanajuato, México.

Esta solicitud forma parte del plan de reparación acordado entre los Gobiernos de México y de Estados Unidos, anunciado el 8 de julio de 2021. Da respuesta a una solicitud del Gobierno de Estados Unidos para revisar si se negó a los trabajadores el derecho a la libertad de asociación y negociación colectiva y se relaciona con inquietudes respecto a irregularidades antes, durante y después de una votación previa en la planta.

La solicitud se presentó a través del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El objetivo de la votación, programada para llevarse a cabo los días 17 y 18 de agosto, es determinar si los trabajadores de la planta de General Motors confirman o rechazan el contrato colectivo de trabajo existente del Sindicato Miguel Trujillo López.

Los funcionarios de la OIT estarán presentes en la planta antes y durante la votación para observar las condiciones y acciones que pudieran respaldar o impedir un entorno democrático, libre de acoso o intimidación, y que los trabajadores puedan votar de manera individual, libre y secreta. Los funcionarios de la OIT también observarán que los trabajadores tengan información fidedigna sobre el contrato colectivo de trabajo.

La OIT también utilizará sus prácticas y procedimientos para recabar información sobre el proceso y compartirá sobre sus observaciones a los Gobiernos de México y Estados Unidos. El Gobierno de México anunciará los resultados de la votación dentro de un lapso aún por determinar. La OIT emitirá un comunicado al finalizar el procedimiento.

Los contratos colectivos de trabajo son el resultado de negociaciones entre sindicatos u organizaciones de trabajadores que representan los intereses de los trabajadores, y empleadores u organizaciones de empleadores, para determinar los términos y condiciones del empleo. Generalmente incluyen salarios, horarios de trabajo y horas extras, prestaciones y la relación entre las partes.

La OIT y sus miembros - gobiernos y organizaciones de trabajadores y empleadores de 187 países - han determinado que la libertad de asociación y la negociación colectiva son derechos fundamentales, protegidos globalmente por los Convenios de la OIT sobre esta materia. México ha ratificado ambos Convenios de la OIT en esta categoría de derechos (Convenios 87 y 98) y ha aprobado legislación nacional para proteger los derechos de los trabajadores y de los empleadores.