Asamblea Nacional del Ecuador

05/01/2024 | Press release | Distributed by Public on 05/01/2024 13:11

Legislador Vicente Taiano propone reforma penal para sancionar delitos como la extorsión y las “vacunas”

Miércoles, 01 de mayo del 2024 - 14:02Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Tipificar y sancionar los actos delincuenciales que hoy se viven día a día en el Ecuador, como los vacunadores, extorsionadores, femicidas, asesinos y demás actos criminales para que cuenten con un marco jurídico adecuado, es uno de los objetivos del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal, presentado por el legislador Vicente Taiano.

El asambleísta advierte que mientras la delincuencia está avanzando en su planificación y ejecución del delito, la ley se vuelve insuficiente a los nuevos elementos criminales, tales como la extorsión y el uso de explosivos y medios electrónicos.

Asegura que es obligación de la Función Legislativa aplicar a nivel normativo medidas de aseguramiento para la protección ciudadana, como ajustar la prisión preventiva, y suprimir elementos que en materia procesal son impedimentos para la prosecución natural de procesos penales.

Fundamenta que para evitar la impunidad, en la presente reforma al COIP se plantea agregar tanto en el delito de "delincuencia organizada" como en el delito de "Asociación ilícita" que si dentro de la sentencia se determina la participación de funcionarios públicos, los mismos tendrán, a más de su condena de privación de la libertad, la prohibición de ejercer cargo público de por vida.

"El país necesita normas detalladas y más contundentes para combatir la corrupción y fortalecer la lucha contra el crimen organizado", subrayó Vicente Taiano, al señalar que existe una carencia en la tipificación del delito de extorsión en el COIP, mismo que no guarda coherencia con la evolución de las formas de cometer este delito, versus lo establecido como agravantes, para calcular de manera objetiva y no subjetiva la pena máxima para la condena de privación de libertad.

Recuerda que solo en lo que va del año 2024 y con la declaratoria de estado de excepción se evidenció por parte del ECU-911 que hubo un aumento de alertas por explosivos de 126 %; en emergencias por secuestro de 31.8 %; extorsión de 0.5 %; amenaza de bombas de 6.5 %; por lo que este delito necesita de manera urgente la tipificación de ciertas agravantes como el uso de explosivos, medios electrónicos, visitas, etc.

También indica que se ha evidenciado que en el delito de prevaricato, tipificado en el artículo 268 del COIP, se excluye a los jueces de la Corte Nacional sin fundamento alguno, por lo que en la reforma agrega a todos los jueces que intervienen en el conocimiento y resolución de procedimientos de justicia ordinaria, así como los jueces que intervienen en el conocimiento y resolución de garantías jurisdiccionales constitucionales, con excepción de los jueces de la Corte Constitucional, para frenar el uso y abuso de medidas o argucias legales, para que los delincuentes evadan su total responsabilidad de la justicia.

Vicente Taiano resalta que ninguna de las preguntas de la consulta popular del 21 de abril de 2024, propone normas sobre el procedimiento abreviado, por lo que, "en aras de complementar y contar con un COIP sólido, planteamos que se reforme el artículo 635, donde constan las reglas del procedimiento abreviado y se excluya del mismo al delito de extorsión, considerando la incidencia catastrófica y la reincidencia abrumadora que tiene este delito en nuestro país, para que los vacunadores o extorsionadores no tengan ningún mecanismo legal para evadir su responsabilidad y acorten sus penas.

De conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el proyecto será remitido a la Unidad de Técnica Legislativa, previo a su calificación en el CAL y la sustanciación en una de las comisiones especializadas.

PV